jueves, 21 de mayo de 2015

El Lunes 27 de abril de 2015 20:06, Chasque Artiguista <chasqueartiguista@adinet.com.uy> escribió:


Chasque
                          ARTIGUISTA
HABLANDO DEL  TISA

- EL TISA EN LA MIRA DE LA JUSTICIA
  Artículo de Antonio Elías (Semanario Voces, 23/04/15)
¿POR QUÉ ES SECRETO EL TISA?
  Artículo de Hoenir Sarthou (Semanario Voces, 23/04/15)
TISA: EL DISCRETO ENCANTO DE LOS SERVICIOS
  Artículo de José Manuel Quijano (Semanario Voces, 23/04/15)

- EL TISA EN LA MIRA DE LA JUSTICIA
  Artículo de Antonio Elías (*) (Semanario Voces, 23/04/15)
 
 “Sí el colapso que los condicionamientos provenientes de un poder económico multinacionalizado… no consigue superarse, el espacio de la política socio-económica del Estado quedara acotado en desmedro de derechos primarios de los seres humanos, arrasados por el furor lucrativo y trasgresor de la globalización económica.” (1)
 
En los análisis que hemos realizado hasta el momento sobre el TISA el hincapié fundamental estuvo en las características del acuerdo, los procedimientos utilizados por el gobierno y los impactos económicos. En esta nota se fundamentan las graves implicancias de este acuerdo sobre la democracia y la soberanía nacional desde un punto de vista jurídico.
 
En efecto, el 13 de abril el Ministerio Público, a través del Fiscal  Enrique Viana pidió  el diligenciamiento de unamedida preparatoria, previa a deducir eventual demanda en defensa de la Soberanía Nacional y la República contra el Ministerio de Relaciones Exteriores por su participación en las negociaciones del Trade in Services Agreement (TISA)(2)
 
Dice el fiscal que en dicho acuerdo participan una pluralidad de Estados en equívoca conjunción con poderosos intereses económicos y financieros de grandes corporaciones privadas fuera de la potestad de las naciones. La negociación de este acuerdo se realiza  en forma secreta lo que la vuelve en primer lugar, antidemocrática y que consentir la confidencialidad de la negociación de un Acuerdo como el TISA, es reconocer de antemano su antijuridicidad, por aquello que solo se oculta lo que avergüenza o lo que daña a otros.
 
En cuanto al contenido del acuerdo, destaca que las cláusulas de blindaje, de estabilidad, de seguridad jurídica o de congelamiento del Derecho y también las cláusulas de prórroga de jurisdicción entrañaría para la República Oriental del Uruguay múltiples condicionamientos de la voluntad de sus Tres Poderes…significaría permitir el atentado contra la Soberanía Nacional y la República y con más la violación del axioma de igualdad ante la ley.”
 
Destaca el Fiscal en su escrito: que la Soberanía Nacional y la República no consisten en que los servicios de ANCAP, UTE u OSE sigan siendo estatales. Mucho antes que eso, que un Estado-Nación sea tal, soberano y republicano, presupone que ese Estado siempre pueda decidir libremente sobre su destino, sin ataduras o condicionamientos ajenos. Todo lo contrario a ello es que, con el propósito que sea, un Estado anticipadamente entregue las decisiones cruciales de sus Tres Poderes a un poder privado extranjero y anacional. Eso ocurre con Acuerdos como el del TISA”.
 
En la demanda se afirma que el TISA es “una expresión más de neocolonialismo y de deconstrucción de los Estados-Nación. Ante la gravedad de estas circunstancias, y con la finalidad de obtener conocimiento cabal de qué es lo que realmente está haciendo el Poder Ejecutivo el fiscal pidió  se intime al Ministerio de Relaciones Exteriores a que en un plazo de diez días informe detalladamente acerca de las acciones realizadas respecto al TISA con la incorporación de todos los antecedentes administrativos que posea. Esta medida se toma como paso previo a un eventual proceso tendiente a evitar que tales bienes sagrados”como la soberanía nacional y la democracia,devengan menoscabados en forma antijurídica e irremediable.”
 
La Constitución dispone que la República será siempre libre e independiente de todo poder extranjero, que jamás será patrimonio de personas, que la Soberanía en toda su plenitud existe radicalmente en la Nación, que la Nación adopta para su Gobierno la forma democrática republicana, y que la soberanía será ejercida directamente por el Cuerpo Electoral e indirectamente por los Poderes representativos que establece la Constitución conforme a las reglas expresadas en la misma (arts. 1º a 4º y 82).
 
La seguridad jurídica selectiva que exige este acuerdo: “vulnera la esencia de un Estado republicano y es violatoria del también republicano axioma de igualdad ante la ley (arts. 8º y 9º Const.). Destaca, además, que: “el incumplimiento de las obligaciones a las que se somete el Estado en Acuerdos como el TISA entrañan compensaciones o indemnizaciones tan elevadas que lo colocan en la insolvencia y por tanto tornan imposible que el Estado se desligue del sojuzgamiento consentido”.
 
Como muy bien señala el Fiscal “El concepto de seguridad es como el de libertad. Cuando se les da en demasía a unos inevitablemente se les quita en demasía a otros. (…) No se está ante una mera distorsión de una suerte deigualdad distributiva. Es la directa vulneración del principio de igualdad ante la ley (art. 8º)”. Dado que Se le otorgan seguridades jurídicas a ciertas Corporaciones Privadas (…) en detrimento de la seguridad del resto de la ciudadanía; todo lo opuesto a una República y a una Democracia.”
 
Al respecto destaca que: “con las cláusulas de congelamiento del Derecho se está consintiendo una obligación negativa, de no hacer, una renuncia o abstención, de no legislar contra los intereses económico-financieros de determinadas Corporaciones Anacionales Privadas. Se abdica de lo irrenunciable, se renuncia a la Soberanía Legislativa.”
 
Por último, se cuestionan las cláusulas de prórroga de jurisdicción que para el caso de conflicto con el Estado en todo lo que versa este acuerdo, se habilita el apartamiento del Juez Nacional y del Derecho Nacional. Dice el Fiscal: “Su previsión significa un subjetivo menosprecio por la imparcialidad de la Justicia nacional. Se engendra una fuga de la Justicia Nacional en privilegio de empresas privadas extranjeras. Con ello, también se engendra una fuga del Derecho Nacional y la adopción de un Derecho Anacional, de corte mercantil y de raíz no democrática, también en favor de empresas privadas extranjeras”.
 
Este pedido del fiscal fue respondido favorablemente el 17 de abril por la jueza Mónica Besio, la cual  intimó al Ministerio de Relaciones Exteriores a que éste brinde un informe sobre los detalles de las negociaciones del gobierno para sumarse al Acuerdo de Comercio de Servicios (Trade in Services Agreement, TISA), quién tendrá diez días para pronunciarse.
Luego de cubierta esta instancia judicial quizás se sabrán cuáles son los compromisos que implicó para el Estado uruguayo el ingreso a las negociaciones del TISA, en particular: a) si no se ha tomado ninguna medida irreversible y el país podrá retirarse inmediatamente de estas negociaciones sin ningún costo; b) sí, por el contrario, existen condicionamientos y disposiciones que inhiben la libre salida de esta negociación.
 
Es posible, también, que el Poder Ejecutivo declare reservada determinada información, lo que ya ha ocurrido en otras oportunidades, aplicando un criterio restrictivo contrario al principio general que es el acceso a toda la información que se encuentre en poder de una entidad pública. Sí este fuera el caso se confirmaría el ocultamiento y el secretismo denunciado. Ningún gobernante debería olvidar que la transparencia es inherente a la democracia e implica el derecho a saber, el derecho a controlar y el derecho a ser sujeto - no simple espectador - en la vida pública.
 
(*)Director del Instituto de Estudios Sindicales Universindo Rodríguez  (INESUR),  miembro de la REDIU.
 
(1)  BIDART CAMPOS, GERMAN J. - LA CONSTITUCIÓN  QUE DURAEdiar, 2004, págs. 203-204.
(2)  Este artículo se basa en el escrito presentado por el Fiscal Enrique Viana  en el Expediente 2 – 13648/2015.

¿POR QUÉ ES SECRETO EL TISA?
  Artículo de Hoenir Sarthou (Semanario Voces, 23/04/15)
 “… donde establecer un tratado de amistad
que contribuya a poner los cimientos
de una plataforma donde edificar
un hermoso futuro de amor y paz.”
J. M. Serrat. “Algo personal”.
 
Dentro de algunas décadas, cuando los historiadores estudien el Siglo XXI, probablemente concluirán que el gran fenómeno de la época, el signo de estos tiempos, fue la lucha y la derrota de los Estados Nacionales ante el embate incontenible de las corporaciones transnacionales.
 
Si el resultado de esa lucha es el previsible, es muy probable también que los historiadores y las enciclopedias del futuro describan a la democracia como una superstición, bastante difundida desde fines del Siglo XX, por la que se pretendía que las leyes y los gobiernos eran resultado de la voluntad de los habitantes de los Estados, antes de que se descubriera, “científicamente”, que las leyes, y en buena medida también los gobiernos, son simplemente una invención del Mercado.
 
En todo caso, los historiadores futuros tendrán que reconocer que, entre otros, el sociólogo Zygmunt Bauman, con su “Modernidad líquida”, y el también sociólogo Colin Crouch, en su obra “Posdemocracia”, se les adelantaron.
 
MISTERIOS “TÍSICOS”
 El silencio que rodeó durante dos años al pedido de ingreso de Uruguay al grupo de países que están negociando el TISA no es casual y tiene una explicación lógica.
El TISA (sigla de “Trade in Service Agreement”) es algo mucho más ambicioso que un tratado de comercio. Es un proyecto de reestructura del sistema de comercio mundial, por el que  los Estados recortan definitivamente sus potestades legislativas, impositivas y judiciales en todo lo relativo al comercio de servicios actuales o futuros, esto es de servicios financieros, de comunicaciones, educación, salud, concesiones del Estado y un largo e imprevisible “etcétera”, en el que se incluyen todas los nuevos campos que la tecnología nos depare en el futuro.
 
Eso significa que los Estados se obligan a desregular, o al menos a no regular más de lo que ya lo esté, la actividad de las compañías extranjeras que inviertan en sus territorios, a no fijarles nuevos impuestos ni hacerles competencia en ninguna forma, a garantizarles en caso de pérdida de utilidades causadas por políticas que aplique el Estado y a someterse a la jurisdicción de tribunales internacionales en caso de controversia con una de esas empresas. Obviamente, muchísimo más de lo que el Estado uruguayo le garantiza a cualquier empresa o inversor nacional, ¿no?
 
Lo más grave es que esos compromisos se extienden en el tiempo, gobierne quien gobierne, y que toda desregulación que haga un gobierno será irrevocable por los gobiernos que lo sucedan, lo que implica que la aprobación del TISA por el Parlamento hipotecaría la posibilidad de autodeterminarse democráticamente de las generaciones futuras.
 
¿Cómo extrañarse del silencio oficial? ¿Quién querría contarles esas cosas a sus electores?
 
EL MUNDO YA NO ES LO QUE ERA
Muchos de nosotros nos representamos al mundo tal como era hasta hace unos años. Un conjunto de países con sus respectivos gobiernos que competían o disputaban entre sí bajo un orden internacional no demasiado justo pero existente.
 
En realidad, hoy, muchas corporaciones son económicamente más poderosas que los Estados y que la propia ONU. Y, como se sabe, el poder económico tiende a convertirse en poder político. Así, las corporaciones petroleras y la industria del armamento dictan ya las políticas exteriores de países como los EE.UU. (¿quiénes ganan con las constantes guerras promovidas por los “petroleros” Bush y Cheney, y continuadas por Obama?). ¿Cómo extrañarse, entonces, de que los Estados centrales promuevan mecanismos como el TISA, que sirven directamente a las corporaciones económicas?
 
Lo que exigen insaciablemente esas corporaciones, bajo la monserga de la “modernización” y de la “libertad de comercio”, es que no se las regule, que no se les cobren impuestos y, sobre todo, que no se las controle. Las actuales crisis de los EE.UU. y de Europa son consecuencia, justamente, de la falta de regulación y de control estatal, en ese caso, a las empresas corporativas dedicadas a la prestación de servicios financieros y a la especulación.
 
En síntesis, vivimos tiempos en los que el poder, incluso el poder formal, tiende a desplazarse desde los Estados hacia las corporaciones transnacionales.
 
Se me dirá que el poder económico existió siempre y que siempre  pesó en las decisiones de los Estados. Y es cierto. Lo nuevo es que ya no se conforma con actuar de hecho. Ahora, a través de mecanismos internacionales, como el TISA, intenta asumir directamente funciones legislativas, hasta ahora reservadas a los Estados.
 
Sobre el poder económico y político de los grandes capitales se ha hablado mucho. Sobre lo que no se hablado tanto es sobre esta nueva dimensión, por la que el poder económico aspira a ejercer también el poder jurídico.
 
LA ECONOMÍA, LA POLÍTICA, EL DERECHO
Supongamos a una familia dueña de una casa. Esa familia puede tomar decisiones muy desacertadas. Puede cambiar de auto cada seis meses, comer todos los días en un restaurante muy caro, o renovar todos los meses un vestuario “de marca”. Si los gastos superan a sus ingresos, tarde o temprano les irá mal y probablemente pierdan la casa. Sin embargo, en tanto esa familia mantenga su capacidad de autorregularse, podrá cambiar de criterio, recortar gastos y salvarse.
 
Pero, ¿qué ocurriría si esa familia suscribiera con la automotora, con el restaurante y con el “shopping”, un contrato por el que se obligara a seguir consumiendo en las mismas condiciones en que lo ha hecho hasta ahora? Y, peor aún, por el que cada nueva compra la obligara a seguir comprando de la misma forma en el futuro.
 
Sin duda, no tardarían en ser gobernados por la automotora, el restaurante y el “shopping”. Y a mediano plazo terminarían por perderlo todo.
 
Desde el punto de vista jurídico, el TISA es eso. Es convertir en derecho, en norma obligatoria, las condiciones que se acuerden con las empresas que inviertan o exploten servicios. Norma inderogable, además.
 
El poder jurídico –tan llevado y traído desde la frase de Mujica que lo somete a los vaivenes de la política- es el corazón de toda colectividad políticamente organizado. Una sociedad que renuncia a la potestad de autorregularse jurídicamente se condena a ser gobernada desde afuera, por quienes han conseguido el poder de dictarle normas. Así de sencillo.
 
CUANDO HABLAMOS DE DERECHOS HUMANOS
La pérdida del poder de autorregulación de los Estados es un proceso que viene de larga data.
 
Curiosamente (y éste es un delicado problema que debemos considerar), el acostumbramiento a fundar el derecho en normas y decisiones jurisdiccionales supranacionales comenzó en el marco de las campañas por los derechos humanos.
 
Llenas de buena fe y con las mejores intenciones, muchas personas –incluidos muchos militantes de izquierda- se han acostumbrado y nos han acostumbrado a considerar a los tratados internacionales, e incluso a las sentencias de las cortes internacionales, como normas jurídicas superiores a la Constitución.
 
Sin embargo, con todos sus defectos, en el Uruguay, la Constitución es un límite jurídico sobre el que los ciudadanos tenemos cierto control, porque es necesario un pronunciamiento del cuerpo electoral para cambiarla. Y las leyes son dictadas por legisladores, que mal o bien dependen de nuestro voto. Eso no ocurre, en cambio, con el derecho internacional. Mucho menos con engendros como el TISA, que sin embargo se atribuye las máximas potestades legislativas.
 
¿Qué legitimidad democrática tienen las cláusulas de acuerdos como el TISA, que usurpan nada menos que las facultades constitucionales del Poder Legislativo y del Poder Judicial?
 
No puedo agotar aquí el tema, pero debemos ser conscientes de que, cuando invocamos al derecho y a la jurisprudencia internacional, y las ponemos mecánicamente sobre las normas legales y constitucionales internas, podemos estar legitimando involuntariamente la nueva estrategia del poder económico transnacional.
 
Es un tema sobre el que será necesario reflexionar.

TISA: EL DISCRETO ENCANTO DE LOS SERVICIOS
  Artículo de José Manuel Quijano (Semanario Voces, 23/04/15)
 
El mundo de los servicios ha cambiado mucho en los últimos años. Actores nuevos han irrumpido con  éxito  en la exportación y ciertos  servicios  se han consolidado  como más dinámicos que otros.
 
1.-HECHO RELEVANTES EN LA EXPORTACIÓN DE SERVICIOS.
Es conveniente  empezar por el cuadro general y sus  transformaciones. Se exponen  a continuación, en apretada síntesis, algunos  de los principales cambios  ocurridos en los últimos tres lustros.  Para cuantificarlos se ha  recurrido a las estadísticas de UNCTAD publicadas en “Handbook of Statistics, 2014, Part Five: International trade in service”
 
a.- Entre  1980 y 2013  los servicios aumentaron su participación en el comercio mundial de bienes y servicios  desde 16.1% en el primer año hasta 20.0%  en el segundo. La mayor parte de ese  incremento  se registró en las dos últimas décadas del siglo pasado
 
b.- En lo que va de este siglo  las exportaciones de servicios, en dólares Corrientes, crecieron a tasas superiores en los países en desarrollo  (304.3%  punta a punta entre 2000 y 2013)  que en los países desarrollados (181.7% para el mismo periodo).
 
c.-  Los servicios más dinámicos, ordenados según el crecimiento de sus exportaciones,  en el periodo 2000/ 2013, tomando en cuenta  las nueve categorías en que los desagrega la UNCTAD,  fueron: informática (523.5%), servicios financieros (341.8%),  Otros Servicios a Empresas (OSE) (282.7%) y  seguros (270.4%). Les siguieron, a continuación, comunicaciones (255.9%); construcción (250.0%); royalties y licencias (236.9%); transporte (161.6%) y viajes (148.5%)
 
CUADRO 1: MONTO EXPORTADO Y TASA DE CRECIMIENTO
 Miles de millones dólares corrientes 2013 y %
Servicio
Monto exportado
Estructura en %
Tasa de crecimiento punta/punta 2000/2013
En %
Viajes
1183
25.7
148.5
Transporte y comunicaciones
1026
22.3
201.6
Otros Serv. empresa
1247
27.1
282.7
Serv. financieros
334
7.3
341.8
Royal y licencias
309
6.7
236.9
Informática
287
6.2
523.5
Otros(construcción
y seguros)
207
4.5
256.9
 
 
d.- Los países sudamericanos agregados  registran una tasa de crecimiento de exportaciones algo inferior (244.7%)  a la del conjunto de las naciones en desarrollo..  Entre los países de Sudamérica  Brasil muestra el mayor crecimiento de las exportaciones de servicios (312% en el periodo), seguido de Perú (281.2%) de Chile (209.7%) y de Argentina (193.9%)
 
CUADRO 2: TASAS DE CRECIMIENTO DE LA EXPORTACIÓN DE SERVICIOS
 En %.  2000 y 2013
País
Incremento punta/punta de exp. de servicios. En %
Argentina
193.7
Brasil
310.5
Chile
209.7
Perú
281.2
Uruguay
150.8
Venezuela
94.1
México
45.2
 
 
e.- Algunos países sudamericanos  lograron  que sus exportaciones crecieran en los servicios más dinámicos. Las tasas de crecimiento de las exportaciones de servicios de Brasil fueron altas en comunicaciones (788.9%), en servicios financieros (673%) y en otros servicios a empresas (355.6%) y mostraron también presencia en informática. Argentina tiene grandes tasas de crecimiento en informática (997.3%) y en servicios a empresas. Chile destaca en transporte (con una de las principales líneas aéreas de la región), en seguros (332.9%) y algo en informática
 
La débil tasa de crecimiento de Uruguay quizá no refleje plenamente la realidad. Por una parte, avalando el débil crecimiento, ha caído la intermediación financiera of shore luego de la crisis de 2002  y la ofensiva de Buenos Aires contra el centro financiero y el transito portuario de Montevideo y Nueva Palmira está afectado por las medidas argentinas. Por la otra, en sentido inverso, la estadística quizá no capture los servicios a empresas instaladas fuera del territorio nacional y que se prestan desde zonas francas.
 
f.- Los países de la región que han firmado TLCs no registran un crecimiento significativo en la exportación de servicios. El cuadro anterior sugiere que la liberalización del comercio de los servicios llevada a cabo en Chile a partir de la firma del TLC con EE.UU. (y luego con otros países) no parece haber tenido efecto sobre  las exportaciones, cuyo incremento es moderado, no muy diferente al argentino e inferior al promedio sudamericano, marcado sobre todo por el resultado brasileño. Sería de interés explorar el caso de Perú, que no se ha abordado para redactar este texto. Otro caso interesante es el de México. Este país, luego de dos décadas de TLC con EE.UU., arroja los peores resultados, incluso inferiores a los venezolanos, en cuanto a exportaciones de servicios.
 
2.-EE.UU. Y LOS SERVICIOS
Estados Unidos es un gran exportador de servicios: entre 2000 y 2013, según la información disponible, mantuvo superávit creciente en esa balanza, un tema nada menor  si se toma en cuenta el déficit recurrente en la balanza de bienes.
 
En el periodo considerado la exportación  total de servicios de EE.UU. creció de 289 mil millones a 683 mil millones de dólares corrientes, lo que significa una tasa de crecimiento, punta a punta, de 136.3%.
 
Se trata del principal exportador mundial de servicios aunque con tendencia declinante (19% de la exportación mundial en 2000 y 14.4% en 2013), y lleva varias décadas empeñado  en liberalizar  el comercio en ese rubro. Las primeras batallas se libraron en la OMC, donde no se llegó a un acuerdo, y luego en los tratados de libre comercio (TLC) que acordaron la liberalización comercial y, además, incorporaron temas que estaban sin avance en la OMC como Inversiones, Propiedad Intelectual, Compras Gubernamentales y Servicios . El siguiente capítulo en este largo recorrido, con una modalidad (al menos en apariencia) más participativa que en los TLC, se denomina Acuerdo sobre el Comercio de Servicios (TISA en inglés)
 
3.-MERCOSUR LA NEGOCIACIÓN SOBRE SERVICIOS
Desde los orígenes del Mercosur se ha mencionado que negociar en conjunto, hacia afuera, sería una  de las ventajas del acuerdo regional. En diciembre de 2005 entró en vigor el Protocolo de Montevideo sobre el comercio de servicios, que establece un plazo de diez años para la liberalización del intercambio entre los socios. Siete rondas de negociaciones se llevaron a cabo desde antes de que el Protocolo de 2005 estuviera en vigor hasta diciembre de 2009. En la primera década de vigencia del Protocolo, y a pesar de las sucesivas rondas, los compromisos de liberalización asumidos han sido escasos.
 
Los principales problemas que se han presentado son las distintas normativas que rigen en cada parte, las cuales deberían ser armonizadas; la dispersión de regímenes regulatorios y la ausencia de los mismos en algunos países; las dificultades para consolidar el status quo regulatorio,  (con el propósito de disponer de una base sólida de negociación, lo cual implicaría que las futuras reglamentaciones que se aprueben en un país y que impliquen restricciones al comercio de servicios excluyan a los Estados Parte de las mismas); la lentitud para incorporar a las legislaciones nacionales las normas sobre servicios del Mercosur aprobadas por el Consejo del Mercado Común (CMC) y , tema nada menor, la débil participación de los empresarios en las negociaciones de las rondas.
 
Se podría agregar, además, que a diferencia de lo que ocurre en el comercio de bienes, donde la información es abundante y la estadística desglosada y confiable, no ocurre lo mismo con los servicios. El sector es grande y comprende una variedad de actividades sumamente heterogéneas. En algunas hay buena información estadística y en otras es insuficiente.
 
A todo esto se agrega un problema de fondo de indiscutible gravedad: la affectio societatis se ha debilitado y los conflictos bilaterales, sobre todo entre Argentina y Uruguay, han afectado seriamente  los servicios financieros y, muy marcadamente, los portuarios de la economía más pequeña. La ríspida relación bilateral ha tenido un  efecto muy desalentador sobre el proyecto regional. El MERCOSUR parece, cada vez más, la copa raleada de un árbol seco.
 
Si el Mercosur ha enfrentado dificultades para avanzar en su proceso de negociación regional, cabe imaginar que tropezaría con dificultades al menos semejantes en una negociación extra regional  conjunta, en el hipotético  caso de que los cuatro socios fundadores tengan voluntad de negociar en bloque. ¿Podría el Mercosur construir una oferta común para llevar a una mesa de negociación, a pesar  que no ha logrado progresar, de manera sustancial, en el acuerdo interno de liberalización de servicios?
 
En síntesis, estamos ante una convocatoria lanzada por los grandes  exportadores de servicios para negociar en el marco del TISA y, al mismo tiempo, transitamos por el peor momento de los 24 años de existencia del Mercosur.
 
4.- SERVICIOS Y PROTECCIONISMO
Las “tarifas equivalentes” (TEs) que gravan a los servicios en  EE.UU. y en la UE (ambos muy competitivos en el rubro) son muy bajas No obstante, la protección en servicio sigue siendo elevada sobre todos en otros países relevantes.  China, India, Pakistán, Indonesia mantenían (2012) una TE superior al 60%; Filipinas, Brasil y Rusia superior al 50%; y México (a pesar del TLALCAN), Tailandia, Turquía y Colombia superior al 40%.
 
También es un hecho que  algunos países pequeños como Suiza ( proveedor de servicios desde antiguo), Noruega y Nueva Zelanda o en América Latina, Chile que firmó varios TLCs con países desarrollados, mantienen tarifas muy bajas presumiblemente con la esperanza de  promover la expansión exportadora de servicios o fomentar especializaciones que se alcanzarían mejor con una TE muy reducida.
 
CUADRO 3: TARIFAS EQUIVALENTES EN SERVICIO. En %
País
Tarifa
 
País
tarifa
 
País
tarifa
Noruega
0
 
India
68.06
 
México
44.32
Suiza
3.37
 
Pakistán
68.06
 
Tailandia
44.06
Nueva Zelanda
4.42
 
China
67.93
 
Turquía
43.89
UE
6.69
 
Indonesia
67.93
 
Colombia
40.87
EE.UU.
6.03
 
Filipinas
55.35
 
Sudáfrica
39.66
Canadá
15.42
 
Brasil
55.56
 
Argentina
33.09
Australia
16.12
 
Rusia
51.26
 
CoreaSur 
25.04
Japón
16.76
 
 
 
 
 
 
Fuente: Hufbauer, et alt: Framework for the International Service Agreementt, OEA 2012
 
Comencemos por las economías pequeñas. Noruega  ha fijado la TE en cero pero su desempeño exportador, medido punta a punta, entre 2000 y 2013, muestra una de las tasas más bajas (125.9%) de crecimiento  en la exportación de servicios. Nueva Zelanda, con una TE de 4.42, inferior a la de EE.UU. y de la UE, arroja, para el mismo periodo, una tasa también muy baja (164%) en el crecimiento de la exportación de servicios En ambos casos  muy por debajo de la tasas de crecimiento  de los países desarrollados (181%).  Suiza, por su parte, con el buen desempeño desde muy antiguo de su eficiente centro financiero mundial debe considerarse una excepción. En los ejemplos que se han mencionado no parece haber una relación virtuosa entre reducción de la TE y el crecimiento de las exportaciones de servicios. Más estudio será necesario para llegar a  aproximaciones más concluyentes.
 
Pero el otro lado del escenario, donde se perciben altas tasas de protección,  resulta especialmente interesante. Las economías grandes o medianas y altamente protegidas como India, China, Rusia, Brasil, Pakistán o Corea del Sur, con TE que se ubican entre 68% y 25%, muestran los mejores resultados en la exportación de servicios, muy por encima de los de economías maduras como EEUU , Reino Unido y Alemania. Esto sugiere que al menos en economías grandes o medianas la protección del mercado interno de servicios y la exportación exitosa de los mismos, parecería que van de la mano, o al menos  son compatibles.
 
CUADRO 4: TASA DE CRECIMIENTO DE LAS EXPORTACIONES DE SERVICIOS ENTRE 2000 Y 2013 (punta a punta)
País
Tasa de crecimiento
En%
País
Tasa de crecimiento
En %
India
788.2
Corea Sur
258.7
China
583.3
Alemania
250.6
Rusia
578.4
Reino Unido
146.7
Brasil
310.5
EE.UU.
136.3
Pakistán
276.9
Italia
98.2
Fuente: elaboración propia con datos de UNCTAD
 
Este es el marco en el cual EE.UU. y la UE están empeñados en que avancen las negociaciones para liberalizar los servicios. En 2000 cuatro países EE.UU., Alemania. Reino Unido y Francia significaban 37.4% de la exportación mundial de servicios. En 2013 la participación había descendido a 31.9% En el mismo periodo cuatro países (China/Hong Kong, India, Rusia y Brasil habían aumentado su participación en la exportación mundial de servicios de 6.9% a 12.6%
 
5.-El TISA, ¿QUÉ HACER?
El TISA está integrado por EE.UU., la UE, Canadá, Australia, Nueva Zelanda, Japón, Liechtenstein, Taiwán, Hong Kong, Corea del Sur, Suiza, Turquía y Pakistán. También varios países latinoamericanos han adherido: Colombia, Costa Rica Chile, México, Panamá, Paraguay y Perú. Las últimas informaciones sobre los integrantes incluyen también a Uruguay. Luego de un par de años de contacto y aproximación, en diciembre pasado Uruguay fue habilitado para incorporarse a las negociaciones de este tratado. Los notorios ausentes en TISA (al menos hasta el momento) son Brasil, Rusia, India y China, cuatro países que, como se ha visto, tienen tasas de protección elevadas y muy buen desempeño en exportación de servicios
 
 Las negociaciones de TISA están teniendo lugar fuera del Acuerdo General sobre comercio de servicios (AGCS) y del marco de la Organización Mundial del comercio (OMC). Sin embargo, se busca que el acuerdo quede diseñado para que resulte compatible con el AGCS.
 
El objetivo del TISA es alcanzar un acuerdo GATS plus y, por tanto, está orientado a alcanzar niveles más avanzados de liberalización. En definitiva, lo que enfrentó resistencias en la OMC y quedó limitado a un número de países con los TLC, encuentra  ahora otro canal para alcanzar objetivos de mayor liberalización en el comercio de servicios
 
Uno de los problemas serios es que no hay una versión definitiva y tampoco ha circulado un borrador oficial (o varios, según cada servicio) a partir del cual analizar, discutir y, en definitiva, incorporar transparencia a la negociación  El borrador que está disponible  corresponde a los servicios financieros, y fue  filtrado por Wikileaks. La ausencia de texto definitivo se comprende: el texto, al menos en teoría,  será resultado de la negociación (a diferencia de los TLC, que tanto EE.UU. como la Unión Europea planteaban desde el  inicio  como un tratado de adhesión). Se sabe, no obstante, que existen borradores (la filtración de Wikileaks lo prueba) y que son de circulación restringida  porque los países y sus gobiernos  asumen el compromiso de la confidencialidad
 
A partir de las filtraciones o fugaces  comentarios de funcionarios involucrados se  puede suponer, con cierto fundamento, lo siguiente:
 
- Que todos los servicios están involucrados en la negociación, a menos que se excluya  un sector a texto expreso; tal como ocurre en los TLC. Rige entonces la cláusula negativa (a diferencia de la OMC donde solo se negocia lo que se propone a texto expreso)
 
- Que se establece el Trato Nacional o sea, que se concede el mismo  trato a las empresas extranjeras  y a las nacionales que operen en el país,
 
- Que el acuerdo rige para los servicios actuales  pero también se liberalizan los que se creen a posteriori lo cual resulta, sin duda,  una limitación importante para el desarrollo futuro
 
- Que se establece una cláusula de mantenimiento del status quo (que no existe en el GATS pero que se trató de negociar en Mercosur) por la cual no se pueden introducir durante las negociaciones  nuevas restricciones al comercio de servicios entre los socios. 
 
- Que la negociación incluiría  al parecer a las compras gubernamentales según dichos de un desprevenido funcionario de la cancillería  uruguaya. Las compras gubernamentales, en la OMC y en los TLC, son capítulo aparte de los servicios y se negocian por separado. No obstante, en medio de la confusión reinante, según El Observador  del 31.3.2015, “Un funcionario de cancillería comentó ayer  que, por ejemplo, el TISA permitiría a empresas de países miembro participar en licitaciones de compras estatales uruguayas, así como empresas locales podrían presentarse en licitaciones de esos países. Algo similar podría pasar con las telecomunicaciones.”  Aparte de  la falacia del ejemplo que ignora la asimetría,  no queda claro  por qué la  referencia a las compras en éste contexto
- Que rige una estricta confidencialidad. El acuerdo que se está negociando en el ámbito de TISA sobre servicios financieros, filtrado por Wikileaks, dice al comienzo: “Desclasificar: cinco años después de entrada en vigencia de este acuerdo y, si no se logra acuerdo que entre en vigencia, cinco años después del cierre de las negociaciones”. Se trata, por tanto, de un acuerdo secreto. Se comprende que si no se logra acuerdo  cada  parte se comprometa a no divulgar los objetivos y concesiones del otro. Pero no se comprende que, en caso de acuerdo, los gobernantes no puedan informar a los gobernados durante cinco años. Se trata de una seria anomalía  para una sociedad democrática. 
 
¿Debe Uruguay incorporarse a esta negociación? La sociedad uruguaya debería disponer de más información (y el gobierno debería comprometerse a proporcionarla). Negociar no es una ignominiosa adhesión a un texto preparado por otro  sino un espacio donde aprender, conocer las propuestas y objetivos de los demás y defender los intereses propios. Por supuesto, todo depende de los lineamientos que fije el gobierno y de la sagacidad y formación de los negociadores.  Y también del control estricto y responsable (cuanto menos vocinglero, mejor) que la sociedad,  a través de sus representantes parlamentarios y de  organizaciones de la sociedad civil, realice de los avances  de las negociaciones y de lo que se acuerde.

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